Resumen:
La Contraloría General del Estado (CGE) es el órgano encargado del análisis sobre la gestión pública y la eficiente administración del recurso estatal, expresándose a través de Informes con Indicios de Responsabilidad Penal (IRP) cuando se suscita el desvío de los recursos públicos por acción (u omisión) de sus custodios y la eventual participación de terceros.
La consumación del delito de peculado por el servidor público vulnera por una parte la fidelidad de cumplimiento en la custodia de caudales; y, por otra, provoca el desmedro de fondos y bienes estatales para beneficio del custodio o de terceros
El IRP constituye un requisito para el inicio del proceso penal y luego es prueba determinante para la imposición de pena privativa de libertad de diez a trece años, distinguiéndose la indispensable concurrencia de un funcionario público, lo que configura el denominado peculado propio. En tanto que, la eventual participación de terceros, da lugar a peculado impropio, diferenciándose también entre autoría y complicidad, que tienen medida de punición diferenciada, esto conforme los actos ejecutados y la concurrencia de circunsutancias agravantes y/o atenuantes.