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Título : Aplicación del régimen progresivo: ubicación poblacional carcelaria y clasificación de los centros de rehabilitación social y de los internos y presos de acuerdo a las nuevas normas del código de ejecución de penas y rehabilitación social y su reglamento y en la constitución política del Ecuador
Autor : Mora Enríquez, Diego Francisco
Palabras clave : REHABILITACIÓN SOCIAL
DERECHO PENAL
Fecha de publicación : 17-jun-2003
Editorial : Instituto de Altos Estudios Nacionales
Citación : Mora, D. (2003). Aplicación del régimen progresivo: ubicación poblacional carcelaria y clasificación de los centros de rehabilitación social y de los internos y presos de acuerdo a las nuevas normas del código de ejecución de penas y rehabilitación social y su reglamento y en la constitución política del Ecuador. Trabajo de investigación previo a la obtención del título en Maestría en Seguridad y Desarrollo con mención en Gestión Pública y Gerencia Empresarial. Quito: IAEN.
Resumen : El sistema penitenciario es la respuesta que da el Estado a la conducta violatoria de la Ley, por parte de las personas imputables; por lo tanto, es un proceso legal estructurado que responde a una política criminal. Desde tiempos antiguos las sociedades diseñaron acciones colectivas aceptadas para reprimir los comportamientos que desequilibran la estructura social, algunos de los cuales aún subsisten y son muy duros para condenar las infracciones, lo hacen hasta con la pena de muerte. En los tiempos modernos afortunadamente se han humanizado las penas, a tal punto que existe un marco legal internacional que protege los derechos de los condenados. Hasta hace algunos años, la población penitenciaria más numerosa era la que había cometido delitos contra la propiedad, en la actualidad esta primacía se disputan nuevos delitos, como narcotráfico, secuestro, terrorismo, sicariato. Cuando nos referimos al Sistema Penitenciario Nacional, no podemos afirmar que ha existido avances en el campo socio jurídico, criminológico, pues ha permanecido marginado de la investigación doctrinaria. Muy pocos estudios se han realizado tanto del accionar burocrático, como en el área normativa y sus efectos, razón por la cual el sistema penitenciario se ha estacionado y se ha puesto en evidencia que se trata de una ideología poco equipada para poner en práctica el criterio rehabilitador del infractor de la ley penal, dedicándose a testimoniar sus buenas intenciones en una normativa que esta escrita en la Ley, pero que gran parte de ella es inaplicable. El 1 de julio de 1982, se aprobó el Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social, que entró en vigencia con su publicación en el Registro Oficial No. 282 el 9 de julio de 1982. Este cuerpo legal fue reglamentado mediante Decreto Ejecutivo No. 1385, publicado en el Registro Oficial No. 390 el 16 de diciembre de 1982, reglamento que a su vez fue reformado por los Decretos Ejecutivos números 1570 y 716, publicados en los Registros Oficiales números 453 de 7 de junio de 1990 y 180 del 30 de abril de 1993 respectivamente y derogado por Decreto Ejecutivo No. 1674, de 18 de julio del 2001, publicado en el Registro Oficial No. 379 de 30 de julio del 2001, mediante el cual se expide el Reglamento Sustitutivo del Reglamento General de Aplicación del Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social, en vigencia.
URI : http://repositorio.iaen.edu.ec/handle/24000/6397
Aparece en las colecciones: Maestría en Seguridad y Desarrollo con mención en Gestión Pública y Gerencia Empresarial (T)

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