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Título : Vulneración del derecho a la libertad personal a causa de la criminalización de la tenencia de drogas ilegales, para el consumo personal.
Autor : Valle, Alex.
Velásquez Moreira, Jenniffer Angélica.
Palabras clave : Tráfico de drogas
Drogas
Ecuador
Fecha de publicación : feb-2018
Editorial : Quito, Ecuador : IAEN.
Citación : Velásquez Moreira, Jenniffer Angélica. (2018). Vulneración del derecho a la libertad personal a causa de la criminalización de la tenencia de drogas ilegales, para el consumo personal. Quito: IAEN. 35 p.
Resumen : El consumo y uso de drogas, datan de las primeras culturas del planeta, quienes las consumían en un contexto espiritual, ritualístico y medicinal, para luego con el surgimiento del Cristianismo iniciar un reproche moral. Siendo la llamada “guerra contra las drogas” iniciada por E.E.U.U, el punto de partida para la represión y criminalización del tráfico de sustancias psicotrópicas y estupefacientes. En el caso Ecuatoriano la primera norma sobre drogas, inicia con un reproche moral, para posterior llegar a sancionarse el tráfico de sustancias con penas de reclusión de hasta dieciséis años (año 1987). Para llegar hasta la Constitución de Montecristi (2008), que establece una garantía normativa que prohíbe la criminalización a los consumidores de drogas, en cuya base el CONSEP emite la Resolución 001-CD-2013, que fija las cantidades máximas para el porte y consumo personal de alcaloides, siendo aquí donde se inicia un análisis de la dosis personal que un farmacodependiente puede tener para su consumo y que a criterio de varios de los tratadistas que se citan en la investigación, no puede estandarizarse, siendo que la cantidad de consumo depende de varios factores, como son: el grado de toxicidad de la sustancia administrada y las características individuales de cada consumidor. En esta línea y realizando un análisis del elemento de lesividad de la conducta en caso de tenencia o posesión de sustancias para consumo personal, se verifica que la acción realizada por el sujeto activo de la infracción (consumidor) no vulnera el bien jurídico protegido por el Código Orgánico Integral Penal, que en caso del tráfico de sustancias es la salud pública. Así también se establece que, es la finalidad de la tenencia de sustancias la que constituye una conducta penalmente relevante, y si es finalidad no es el tráfico, sino el consumo, no es susceptible de sanción penal.
Descripción : The consumption and use of drugs, date from the first cultures of the planet, who consumed them in a spiritual, ritualistic and medicinal context, and then with the emergence of Christianity to initiate a moral reproach. Being the so-called "war on drugs" initiated by E.E.U.U, the starting point for the repression and criminalization of trafficking in psychotropic and narcotic substances. In the Ecuadorian case, the first norm on drugs begins with a moral reproach, in order to later sanction the trafficking of substances with imprisonment sentences of up to sixteen years (year 1987). To reach the Constitution of Montecristi (2008), which establishes a normative guarantee that prohibits the criminalization of drug users, on the basis of which CONSEP issues Resolution 001-CD-2013, which sets the maximum amounts for carrying and consumption staff of alkaloids, being here where an analysis of the personal dose that a drug addict may have for consumption begins and that, in the opinion of several of the authors mentioned in the research, can not be standardized, since the amount of consumption depends of several factors, such as: the degree of toxicity of the substance administered and the individual characteristics of each consumer. In this line and carrying out an analysis of the element of lesivity of the conduct in case of possession or possession of substances for personal consumption, it is verified that the action taken by the active subject of the infringement (consumer) does not violate the legal right protected by the law. Organic Comprehensive Criminal Code, which in the case of substance trafficking is public health. It also establishes that it is the purpose of the possession of substances that constitutes a criminally relevant conduct, and if the purpose is not trafficking, but consumption, it is not subject to criminal sanctions.
URI : http://repositorio.iaen.edu.ec/handle/24000/4924
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho mención en Estudios Judiciales (AC)

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