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dc.contributor.authorGellibert Galarza, Karla Estefanía-
dc.date.accessioned2024-11-08T22:57:18Z-
dc.date.available2024-11-08T22:57:18Z-
dc.date.issued2019-11-
dc.identifier.citationGellibert, K. (2019). Informes médico psiquiátrico y psicológico como obligatorios para descartar trastorno de cleptomanía en delitos de hurto. Trabajo de Investigación previo a la obtención del título de Maestría en Derecho con mención en Estudios Judiciales. Quito: IAEN.es_ES
dc.identifier.urihttp://repositorio.iaen.edu.ec/handle/24000/6621-
dc.description.abstractAnte la probabilidad del padecimiento de algún trastorno del control de los impulsos (cleptomanía) no reconocido o tratado en una persona reincidente en un delito de hurto; la presente investigación pretende demostrar la importancia de las evaluaciones e informes de carácter psicológico, psiquiátrico y social, al momento de llevar a cabo un juzgamiento de delitos y contravenciones. Para la ejecución del trabajo se realizó búsqueda bibliográfica pertinente en libros, leyes ecuatorianas, y se solicitó información oficial de casos y sentencias en la Dirección Nacional de Estudios Jurimétricos y Estadística Judicial del Consejo de la Judicatura. Es importante tomar en cuenta que una persona cleptómana, toma objetos que no son de su propiedad en respuesta a una satisfacción emocional y psicológica producida por la acción; sin embargo, no tiene nada que ver con un deseo o necesidad de incremento financiero. Evidentemente, se trata de un trastorno psicológico que debe ser tratado por profesionales de manera adecuada para su superación o para lograr su inclusión social. Siendo así, la consideración de estos casos es sumamente importante dentro de un proceso judicial por hurto. No obstante, los resultados obtenidos de la información oficial proporcionada demuestran que en Ecuador durante el 2014 y 2017, no se han realizado evaluaciones psicológicas, psiquiátricas y sociales para reconocer este tipo de casos. Lamentablemente, más del 85% de juzgamientos han sido sentenciados con penas privativas de libertad. Por su parte, los casos que han sido resueltos con tratamientos sociales o psicológicos han sido por causas diferentes a la cleptomanía. Evidentemente, se deben fortalecer procesos de juzgamiento en casos de hurto reincidentes dentro del sistema penal ecuatoriano. Además, la solicitud de los tres informes mencionados anteriormente debería ser obligatorios en la fase inicial de cualquier proceso por hurto para no vulnerar derechos de la persona implicada.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherInstituto de Altos Estudios Nacionales-IAENes_ES
dc.subjectDictámentes pericialeses_ES
dc.subjectPeritaje psicológicoes_ES
dc.subjectPeritaje sociales_ES
dc.subjectEnfermedades mentaleses_ES
dc.subjectTrastornos psicóticoses_ES
dc.subjectPrivación de libertades_ES
dc.titleInformes médico psiquiátrico y psicológico como obligatorios para descartar trastorno de cleptomanía en delitos de hurtoes_ES
dc.typeArticlees_ES
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho mención en Estudios Judiciales (AC)

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