Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://repositorio.iaen.edu.ec/handle/24000/4452
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorConsejo Nacional de Igualdad de Género-
dc.date.accessioned2017-04-19T19:17:16Z-
dc.date.available2017-04-19T19:17:16Z-
dc.date.issued2014-01-
dc.identifier.citationConsejo Nacional de Igualdad de Género. (2014). Convenio N°. 189 de la OIT, llamado "Trabajo Decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos. Quito: CNIG. 10 p.es_ES
dc.identifier.urihttp://repositorio.iaen.edu.ec/handle/24000/4452-
dc.description.abstractEl Convenio N°. 189 de la OIT, llamado "Trabajo Decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos", es un instrumento internacional técnico que reconoce la contribución y valor del trabajo de las trabajadoras y los trabajadores domésticos en la economía mundial. El documento reconoce que este trabajo es realizado en su mayoría por mujeres y niñas, y que además este sector es vulnerado con múltiples discriminaciones y abusos a sus derechos. El convenio considera las condiciones particulares en que se realiza este trabajo, a fin de que los Estados puedan ampliar su protección, por medio de la aplicación de las normas generales y específicas de esta actividad, y se pueda garantizar los derechos a ser respetadas y respetados, a una vida decorosa, a remuneraciones y retribuciones justas, a un trato digno, entre otros. Este instrumento ha sido adoptado en Ginebra durante la centésima reunión de la OIT, el 16 de junio de 2011, y ratificado por el Ecuador en octubre de 2013 mediante decreto ejecutivo. El Consejo Nacional de Igualdad de Género, actual Comisión de Transición, consciente de que este instrumento contribuye a reforzar las normas internas y que beneficia mayormente a las mujeres que están en esta actividad, realizó un seguimiento de cerca al proceso de aprobación, desde el informe técnico realizado en el Ministerio de Relaciones Laborales, el dictamen que hace la Corte Constitucional, hasta la aprobación por parte de la Asamblea y su final ratificación. Estamos conscientes de que esta ratificación muestra el compromiso de nuestro Estado en cuanto a las normas laborales internacionales, a fin de proteger los derechos de las y los trabajadores, fomentar la equidad, y establecer reglas claras sobre las relaciones laborales y la prioridad del trabajo como valor humano sobre el capital. Como Mecanismo de Género del Estado ecuatoriano consideramos de vital importancia que las mujeres y toda la sociedad cuenten con esta información sobre los instrumentos internacionales que ratifica el país en el marco de garantizar los derechos humanos de las ecuatorianas y los ecuatorianos, en miras de aportar a la construcción de una sociedad orientada al Buen Vivir.es_ES
dc.format.extent10 páginases_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherQuito, Ecuadores_ES
dc.publisherCNIG-
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/3.0/ec/es_ES
dc.subjectOITes_ES
dc.subjectECONOMÍA MUNDIALes_ES
dc.subjectDERECHOS HUMANOSes_ES
dc.subjectIGUALDAD DE GÉNEROes_ES
dc.titleEl Convenio N°. 189 de la OIT, llamado "Trabajo Decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticoses_ES
dc.typeOtroes_ES
Aparece en las colecciones: Consejo Nacional para la Igualdad de Género

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
Convenio 189 OIT.pdf97,6 kBAdobe PDFVista previa
Visualizar/Abrir


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons